sábado, 5 de diciembre de 2009

Orfandad probatoria

“…la decisión del juez penal, respecto del análisis de los hechos y de la conducta, puede ser tomada por "orfandad probatoria"…de los autos penales surge que no existen elementos probatorios suficientes para la incriminación penal, por insuficiencia de los mismos…”

Muchas veces la fortuna de algunos es paradoja, paradoja de propios y ajenos. También desgracia de otros; desgracia, infortunio y condena.
Tales paradojas algunas veces deberían resolverse unilateralmente, por gracia divina si es necesario, pero finiquitarse al fin.
Existe un hombrecito, digámoslo así, letrado de prestigio jurídico al que se le plantea una situación engorrosa. Por incapacidad de la querella, de la fiscalía actuante, o por el renombre de aquél hombrecito y favores adeudados, las pruebas no bastan para adjudicarle a éste la acusación. Por la carencia de elementos obtiene el sobreseimiento; nada ha pasado aquí, y quizás hasta pueda pensar en recusar a las partes por haber menoscabado su nombre y figura.
El hombrecito es doctor, o así le llaman por simple tradición.
El doctorcito debería saber como operar en estas circunstancias. Podrá salir altivo en los diarios, inmune al juicio, de victimario a víctima al momento en que el martillo del juez (un par de aquél) lo absuelve de cargo y culpa.
El doctorcito seguirá sumando galardones a su carrera ejemplar, a su estampa incuestionable.
El inocente es una eminencia en su tema. Es tipo de convicciones y razones, que a capa y espada sostiene hasta el capricho mismo de porfiarse tener la última palabra. A veces las circunstancias ameritarían redireccionar su lógica doctrinaria, pero el no está para esas nimiedades. Su razón es la ley divina.
Debería decir el nombre del doctorcito, pero no, no soy quien y ello perjudicaría a otros, aunque no estoy seguro que se los pueda perjudicar más. Estos otros ya están jodidos hace rato largo. Tan chiquitos y tan jodidos…paradojas.
En paradojas pensaba cuando el doctorcito es exonerado por una nómina legal, “orfandad probatoria”. Inocente él, el mismo que se ha empeñado en regalar pruebas del estado de orfandad en que han quedados varios de sus defendidos.
El doctorcito es defensor de muchos, siempre lo ha sido y lo será. Aunque las legislaciones cambien, los paradigmas procuren obligar a tomar otro tipo de medidas, él por sus defendidos será estoico.
La idea de defensor exacerba su presencia, es el lugar natural de quien detenta poder y protege, porque sus capacidades se lo permiten. No todos pueden defender. Defender es representar a otro, obrar por ese incapaz e imponer la preservación de quien no puede valerse por si mismo.
Quien defiende sostiene, cuida, conserva.
En el mundillo judicial, el defensor puede disputar el lugar del juez. Igual de magnánimo puede volverse, es un juego mano a mano.
En cualquier deporte en equipo el defensa tiene la dura tarea de enfrentar los embates del ataque contrario. Por el lugar estratégico que ocupa, sus errores pueden resultar mas caros.
Por su obstinada ideología el doctorcito no siempre juega para sus defendidos. Mas bien pareciera jugar en contra de ellos, y de tan convencido la va que hasta puede hacer gol en contra.
En eso de patear contrera anda hace rato el doctorcito, el mismo que a la vez de ser declarado inocente bajo orfandad probatoria, es bien culpable de la orfandad probada de sus defendidos.
La orfandad es la ausencia de padres, de esas figuras totalmente significativas para la estructuración sana de cualquier niño. No hay alteza jurídica que pueda jamás suplantar la pérdida aquella, y ello es a pesar del buen defensor.
Al doctorcito defensor le faltaron pruebas para ser condenado por lo que se lo acusaba, huérfano de pruebas criminalizantes alguna vez deberán pesarles sus sistemáticos desaires. En el ejercicio de sus funciones ha juntado pruebas de sobra.
El que está huérfano de pruebas debería rendir cuentas a los que están huérfanos de padres, los huérfanos en serio.
El defensor debería rendir cuentas a sus defendidos.
Paradojas. Valdría saber si sus defendidos en alguna oportunidad se han sentido defendidos por su defensor, o si su defensor les ha menoscabado sus deseos más profundos, la esperanza de ser y estar.
A fin de evitar una nueva orfandad, algunas probatorias:
-prometer a sus protegidos la realización de acciones pertinentes para el bienestar de ellos.
-no concretar tales promesas.
-incumplimiento en tiempo y forma de las funciones de su cargo.
-perseguir a los agentes que garantizan la contención diaria de sus defendidos.
-exponer a sus defendidos a situaciones traumáticas.
-establecer vinculaciones entre las víctimas y sus agresores.
-omitir medidas de protección específicas.
-sostener hasta la eternidad la incertidumbre legal de sus defendidos.
-negar la injerencia de organismos privados que aportan recursos facilitadotes.
-intimar al accionar de los organismos oficiales sin establecer canales para ello.
-propiciar la institucionalización de los defendidos.
-atentar contra la integridad psíquica de estos.
-favorecer un régimen de crianza cerrado.
-castigar en el olvido a sus protegidos.
-promover la continuidad de un sistema de infancia totalmente arcaico.
-obstaculizar los procesos adoptivos.
-personalismo en el ejercicio de las funciones.
-incapacidad de reconocer la particularidad de los casos, operando desde convicciones políticas unívocas.

El defensor carga con algunas más, pero eso quedará a boca de sus defendidos.
Paradojas de la justicia.

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